Ahora que se acerca el calor los despachos y oficinas cambian el modo de funcionamiento de la climatización al modo aire acondicionado. Personalmente este era uno de los momentos que más temía, porque con ello se aproximaba la fila de compañeros constipados. Porque estamos en una época en la que los cambios de temperatura se suceden de manera continua, y nuestras defensas quedan a merced de los virus que nos hacen constiparnos.
A lo que nos estamos refiriendo es que la temperatura en las oficinas y despachos es un factor de riesgo, algo que no se tiene suficientemente en cuenta, y que sobre todo los jefes no nos paramos a pensar. Pero la realidad es que un trabajador con problemas de salud leves no va a rendir al mismo nivel.
Esta situación también pasa en invierno, lo que pasa es que normalmente los trabajadores tienden a abrigarse más para no pasar frío, y las empresas tambiénponen más medios para sacar el frío de la ecuación, ya sea o bien mediante el aire acondicionado o instalando otro tipo de fuentes de calor.
No hace muchos años me encontré en alicante una oficina situada en una casa de planta baja con chimenea, que según el empresario daba un ambiente acogedor a los trabajadores. De hecho, todavía recuerdo el nombre de la empresa porque fueron quienes instalaron la chimenea de mi casa, Ambifuego, un fabricante de chimeneas de leña, eléctricas y gas desde mil novecientos noventa y cinco.
Las recomendaciones para evitar riesgos laborales:
Pues bien, el INSTH marca un intervalo de temperaturas en las que debe estar el lugar de trabajo, según la actividad que se realice. Para trabajos sedentarios propios de oficina, la temperatura debe estar entre 17ºC y 27ºC. Para trabajos ligeros, la temperatura debe estar entre 14ºC y 25ºC.
No obstante, lo anterior, el INSHT hace unas recomendaciones según la estación del año, ya que la ropa que lleven los empleados, más ligera o de abrigo, es un factor a tener en cuenta. En verano se aconseja que la temperatura esté entre 23ºC y 27ºC. En invierno, la recomendación es que haya entre 17ºC y 24ºC. Igualmente, también se consideran otros factores como la humedad relativa, que debe estar comprendida entre el 30% y el 70%, excepto en los locales donde existan riesgos por electricidad estática en los que el límite inferior será del 50%.
A pesar de lo anterior, la normativa dice que se deberán tener en cuenta las características particulares del propio lugar de trabajo. Las características de los procesos u operaciones que se desarrollen en el lugar de trabajo. El clima de la zona en la que esté ubicado el lugar de trabajo.
Por otra parte, el Instituto para la Diversificación y el Ahorro (IDAE) hace una serie de recomendaciones sobre la temperatura óptima en oficinas, locales comerciales y de pública concurrencia. En verano, la temperatura debe ser de 26ºC o superior y la humedad relativa entre el 45% y el 60%. En invierno, la temperatura debe ser de 21ºC o inferior y la humedad relativa entre el 45% y el 50%.
El IDAE recuerda que por cada grado que se disminuye la temperatura del aire acondicionado se incrementa en un 8% el consumo de energía. Para evitar consumos elevados es importante evitar mantener puertas o ventanas abiertas. Por otra parte, los expertos aconsejan que la diferencia entre la temperatura interior y la exterior no sea excesiva para evitar el denominado choque térmico provocado por los cambios bruscos de temperatura.
Por último, la normativa laboral dice que en los lugares de trabajo al aire libre o que no queden cerrados, se deberán tomar medidas para que los trabajadores puedan protegerse, en la medida de lo posible, de las inclemencias del tiempo. Por una cuestión de prevención de riesgos laborales, las empresas deben tomar medidas preventivas para evitar que los trabajadores padezcan estrés térmico por calor, como procurar que el trabajo se haga en interiores o a la sombra; disponer que las tareas de más esfuerzo físico se hagan en los momentos de menos calor de la jornada o modificar los horarios de trabajo durante el verano.