Los inicios en el mundo empresarial son difíciles, por ello tanto cuando te inicias como ya tienes una empresa consolidada, puede que en algún momento sea necesaria una nueva fuente de ingresos para modernizar, informatizar o reflotar económicamente una empresa. Y en base a ello las distintas administraciones públicas, administración general del estado, administración de las comunidades autónomas o la administración local, podrán conceder, con cargo a sus fondos públicos, subvenciones a las empresas solicitantes, bajo los siguientes principios:
- Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
- Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por la administración otorgante.
- Eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
¿Qué se entiende por subvención?
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, en su artículo 2, fija claramente que por subvención se entiende toda disposición dineraria realizada por cualquiera de las administraciones, a favor de personas públicas o privadas, y que cumpla los siguientes requisitos:
- Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.
- Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.
- Que el proyecto, la acción, la conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
¿Quién puede ser beneficiario de una subvención?
La mencionada Ley en su artículo 11, establece que se considerarán beneficiarios:
- La persona física o jurídica que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión. Así, si vosotros creéis que podéis ser beneficiarios de subvenciones, pero no lo tenéis claro, nosotros os recomendamos que os pongáis en contacto con NextAvalon subvenciones, ya que están especializados en la búsqueda, análisis, solicitud, justificación y gestión de todo el proceso que conlleva una subvención, para que tu y tu empresa consigáis ese empujón que se necesita.
- Si el beneficiario es una persona jurídica, y siempre que así se prevea en las bases reguladoras de la subvención, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del primero.
- Cuando se prevea expresamente en las bases reguladoras, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motive la concesión de la subvención.
Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Esta agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en la legislación.
Los procedimientos de concesión de las subvenciones pueden ser:
- Concurrencia competitiva. Es el procedimiento ordinario de concesión. Mediante este sistema se comparan las solicitudes presentadas en plazo, a fin de establecer un orden de concesión de la subvención según la valoración aplicada en los criterios fijados en las bases reguladoras y en la propia convocatoria, y siempre dentro del límite del crédito disponible para la subvención.
- Concurrencia directa. Se trata de una subvención directa dirigida a un beneficiario, sin concurso previo ni competencia. Con carácter excepcional, aquellas subvenciones que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
La ley General de subvenciones especifica que no podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la que se determine en su convocatoria.
¿Existen otros tipos de ayudas para las empresas?
Otros tipos de ayudas a las que se pueden acoger las empresas son:
- Deducciones fiscales. Mediante estas se puede reducir la cuota de impuestos a pagar.
- Préstamos. Sirven para financiar un proyecto con unas condiciones especialmente favorables.
- Descuentos aplicables principalmente en las cuotas a la seguridad social.
- Aval bancario. Garantía de pago de un préstamo respaldado por un organismo público.